Mafia es un término utilizado a nivel mundial que se refiere a una clase especial de crimen organizado, extendido desde su origen en Italia meridional a cualquier grupo del crimen organizado con similares características independientemente de su origen o lugar de acción
La Mafia nació en la región de Sicilia,1 Italia, en donde se autodenominó Cosa Nostra, aunque agrupaciones similares fueron comunes en Irlanda, Reino Unido y Estados unidos.
En su origen era una confederación dedicada a la protección y el ejercicio autónomo de la ley (justicia vigilante) y, más adelante, al crimen organizado.
Sus miembros se denominaban a sí mismos «mafiosos», es decir, ‘hombres de honor’.
Los miembros de los distintos clanes mafiosos emplean una serie de «códigos de honor», inviolables, de los cuales el más conocido es la omertà o ley del silencio.
Mafia es un término utilizado a nivel mundial que se refiere a una clase especial de crimen organizado, extendido desde su origen en Italia meridional a cualquier grupo del crimen organizado con similares características independientemente de su origen o lugar de acción
La Mafia nació en la región de Sicilia,1 Italia, en donde se autodenominó Cosa Nostra, aunque agrupaciones similares fueron comunes en Irlanda, Reino Unido y Estados unidos. En su origen era una confederación dedicada a la protección y el ejercicio autónomo de la ley (justicia vigilante) y, más adelante, al crimen organizado. Sus miembros se denominaban a sí mismos «mafiosos», es decir, ‘hombres de honor’. Los miembros de los distintos clanes mafiosos emplean una serie de «códigos de honor», inviolables, de los cuales el más conocido es la omertà o ley del silencio.
Su nombre hace referencia a su lugar de procedencia: Magdala, localidad situada en la costa occidental de lago de Tiberíades y aldea cercana a Cafarnaúm.
La Federación Catalana de Deportes para Sordos inaugura en Blanes (Girona) los XXX Campeonatos de Deportes para Sordos con un torneo amistoso de ajedrez.
Opinión sobre la realidad de las Federaciones actuales y su deriva hacía el fracaso por la ausencia de socios y las pocas animaciones que hacen por culpa de los cursos de la lengua de señas que organizan las propias asociaciones fuera de sus competencias.
ntroducción a los artículos que hace referencia a la Ley 27/2007, sobre el reconocimiento de la lengua de signos española y catalana.
Artículo 1. Objeto de la ley.
La presente Ley tiene por objeto reconocer y regular la lengua de signos española como lengua de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas en España que libremente decidan utilizarla, sin perjuicio del reconocimiento de la lengua de signos catalana en su ámbito de uso lingüístico, así como la regulación de los medios de apoyo a la comunicación oral.